crop_aliento_1.jpgUn proyecto que obligaría a los establecimientos comerciales que vendan bebidas alcohólicas a tener disponible un instrumento de pruebas de aliento (“breathalyzers”) que permita establecer el nivel de alcohol en la sangre de los clientes que así lo deseen fue apoyado este martes por la Comisión para la Seguridad en el Tránsito, pero rechazado por el Centro Unido de Detallistas (CUD).

La medida es el Proyecto de la Cámara 320 y es evaluada por la Comisión de Pequeños y Medianos Negocios, Comercio, Industria y Telecomunicaciones de ese cuerpo legislativo, que hoy celebró audiencias públicas.

En su ponencia escrita la presidenta del CUD, Enid Monge, cuestionó la efectividad de dichos sistemas y su utilidad para evitar accidentes o intervenciones de la Policía con quienes conduzcan bajo los efectos del alcohol.

Advirtió además que la disposición representa otro costo y otra responsabilidad adicional que se le impone a los comercios para operar en Puerto Rico en momentos de crisis como el presente.

“Al adentrarnos en la investigación que da fundamento a nuestros planteamientos sobre el P de la C 320, encontramos que el (costo del) medidor de alcohol en el aliento fluctúa entre $60 y $1,000, pero su exactitud es debatible en comparación con el equipo profesional que utiliza la Policía de Puerto Rico en casos meritorios”, afirmó.

Monge señaló además que es poca la utilidad de estas mediciones porque la lectura pierde exactitud en cuestión de minutos ya que el alcohol continúa absorbiéndose en la sangre mucho después de haber tomado el último trago.

Recordó que los manufactureros de estos equipos advierten sobre sus limitaciones e incluso orientan a sus usuarios a no conducir si han ingerido alcohol.

“Entonces, ¿Por qué obligar al comerciante a incurrir en este gasto, si la realidad es que su uso no es determinante ni exacto?”, cuestionó.

Mientras tanto el director ejecutivo de la Comisión para la Seguridad en el Tránsito, José Delgado, respaldó la medida pero sugirió que se acompañe con otra reglamentación que prohíba a los comerciantes vender bebidas alcohólicas a personas que se encuentren en estado de embriaguez.

“Aunque la iniciativa del Proyecto 320 no pretende ser tan abarcadora en sus objetivos, entendemos que deben promulgarse de manera conjunta restricciones reglamentarias a la venta de bebidas alcohólicas a personas que se encuentran en estado de embriaguez”, dijo.

“La presencia de este tipo de equipo permitiría a todo dueño de negocio prudente, conocer con certeza el estado en que se encuentran sus parroquianos y le permitirá de manera proactiva identificar un conductor designado o un método de transportación alterna”, agregó.

Aseguró que la combinación de ambas iniciativa ha resultado positiva en Estados Unidos para reducir la incidencia de accidentes de tránsito provocados por personas en estado de embriaguez.